Lee con atención nuestras politicas de compra

Politicas de compra

Distribuidora de Buceo Subpacifico.


Modo de compra

En Cazasub Chile SPA, valoramos la confianza de nuestros clientes y nos esforzamos por brindar el mejor servicio posible. Para garantizar una experiencia de compra segura, hemos establecido una política de compra para todos los clientes. Esta es, que realicen su primera compra por un monto de 1 millón de pesos. Luego de esta primera compra, el sistema les deja a disposición realizar compras por el monto que ustedes estimen conveniente (sin compra mínima).

Todos los productos que aparecen en nuestra tienda, se encuentran disponibles y en cada uno aparece el stock. este se encuentra sincronizado en tiempo real con nuestro sistema de bodega.

Venta a tiendas establecidas

Los clientes deben tener una tienda establecida con actividades registradas en el servicio de impuestos internos de Chile (SII). Todas las empresas que deseen realizar compras a precio de distribuidor con nosotros, deben presentar su RUT de empresa.

Pagos

Los pagos realizados por nuevos clientes, deben recibirse en su totalidad antes de que se realice el envío de la mercadería.

Envíos

Los envíos de mercadería se encuentran estipulados en la sección de finalizar compra. Podrán elegir entre los siguientes curriers:

En caso de necesitar que el envío sea a través de otro proveedor, debe tomar en cuenta que existe un sobrecargo por el servicio, el cual será informado dependiendo del peso de la encomienda y distancia a donde se encuentre el currier informado.

Garantías

Garantía Normal (legal)Todos los productos que compres tienen 3 meses de garantía. Solo debes traerlo con su boleta y será derivado al servicio técnico, el que evaluará y certificará la falla dentro de 15 días hábiles a recepción de producto. Si el resultado indica que la falla corresponde a deficiencias en la fabricación no atribuibles a deterioros por un hecho imputable al consumidor, puedes elegir 3 opciones: reparación, cambio o anulación. En caso de entregar una respuesta positiva a esta petición (Deficiencia de Fabricación), el costo de envío (IDA/VUELTA) del producto defectuoso estará a cargo del Vendedor (CazasubChile SpA). La devolución del dinero se realizará en un plazo máximo de 5 días hábiles a la cuenta bancaria proporcionada por el cliente. 

La Garantía en la Ley 19.496 «Sobre Protección de los Derechos de los Consumidores»:La Legislación vigente en Chile considera la garantía y la expresa de la siguiente manera en los artículos 20 y 21 de la ley 19.496:Artículo 20.- En los casos que a continuación se señalan, sin perjuicio de la indemnización por los daños ocasionados, el consumidor podrá optar entre la reparación gratuita del bien o, previa restitución, su reposición o la devolución de la cantidad pagada:

  1. Cuando los productos sujetos a normas de seguridad o calidad de cumplimiento obligatorio no cumplan las especificaciones correspondientes;
  2. Cuando los materiales, partes, piezas, elementos, sustancias o ingredientes que constituyan o integren los productos no correspondan a las especificaciones que ostenten o a las menciones del rotulado;
  3. Cuando cualquier producto, por deficiencias de fabricación, elaboración, materiales, partes, piezas, elementos, sustancias, ingredientes, estructura, calidad o condiciones sanitarias, en su caso, no sea enteramente apto para el uso o consumo al que está destinado o al que el proveedor hubiese señalado en su publicidad;
  4. Cuando el proveedor y consumidor hubieren convenido que los productos objeto del contrato deban reunir determinadas especificaciones y esto no ocurra;
  5. Cuando después de la primera vez de haberse hecho efectiva la garantía y prestado el servicio técnico correspondiente, subsistieren las deficiencias que hagan al bien inapto para el uso o consumo a que se refiere la letra c). Este derecho subsistirá para el evento de presentarse una deficiencia distinta a la que fue objeto del servicio técnico, o volviere a presentarse la misma, dentro de los plazos a que se refiere el artículo siguiente;
  6. Cuando la cosa objeto del contrato tenga defectos o vicios ocultos que imposibiliten el uso a que habitualmente se destine;
  7. Cuando la ley de los metales en los artículos de orfebrería, joyería y otros sea inferior a la que en ellos se indique.

Para los efectos del presente artículo se considerará que es un solo bien aquel que se ha vendido como un todo, aunque esté conformado por distintas unidades, partes, piezas o módulos, no obstante que éstas puedan o no prestar una utilidad en forma independiente unas de otras. Sin perjuicio de ello, tratándose de su reposición, ésta se podrá efectuar respecto de una unidad, parte, pieza o módulo, siempre que sea por otra igual a la que se restituye. Artículo 21.- El ejercicio de los derechos que contemplan los artículos 19 y 20 deberá hacerse efectivo ante el vendedor dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que se haya recibido el producto, siempre que éste no se hubiere deteriorado por hecho imputable al consumidor. Si el producto se hubiere vendido con determinada garantía, prevalecerá el plazo por el cual ésta se extendió, si fuere mayor.El consumidor que, en el ejercicio de los derechos que contempla el artículo 20, opte por la reparación, podrá dirigirse, indistinta o conjuntamente, al vendedor, al fabricante o al importador. Hecha la opción, el requerido no podrá derivar el reclamo.Serán solidariamente responsables por los perjuicios ocasionados al consumidor, el proveedor que haya comercializado el bien o producto y el importador que lo haya vendido o suministrado. En caso de que el consumidor solicite la reparación sólo al vendedor, éste gozará del derecho de resarcimiento señalado en el artículo 22.Las acciones a que se refiere el inciso primero podrán hacerse valer, asimismo, indistintamente en contra del fabricante o el importador, en caso de ausencia del vendedor por haber sido sometido a un procedimiento concursal de liquidación, término de giro u otra circunstancia semejante. Tratándose de la devolución de la cantidad pagada, la acción no podrá intentarse sino respecto del vendedor.El vendedor, fabricante o importador, en su caso, deberá responder al ejercicio de los derechos a que se refieren los artículos 19 y 20 en el mismo local donde se efectuó la venta o en las oficinas o locales en que habitualmente atiende a sus clientes, no pudiendo condicionar el ejercicio de los referidos derechos a efectuarse en otros lugares o en condiciones menos cómodas para el consumidor que las que se le ofreció para efectuar la venta, salvo que éste consienta en ello.En el caso de productos perecibles o que por su naturaleza estén destinados a ser usados o consumidos en plazos breves, el término a que se refiere el inciso primero será el impreso en el producto o su envoltorio o, en su defecto, el término máximo de siete días.El plazo que la póliza de garantía otorgada por el proveedor contemple y aquel a que se refiere el inciso primero de este artículo, se suspenderán durante el tiempo en que el bien esté siendo reparado en ejercicio de la garantía.Tratándose de bienes amparados por una garantía otorgada por el proveedor, el consumidor, antes de ejercer alguno de los derechos que le confiere el artículo 20, deberá hacerla efectiva ante quien corresponda y agotar las posibilidades que ofrece, conforme a los términos de la póliza.La póliza de garantía a que se refiere el inciso anterior producirá plena prueba si ha sido fechada y timbrada al momento de la entrega del bien. Igual efecto tendrá la referida póliza, aunque no haya sido fechada ni timbrada al momento de la entrega del bien, siempre que se exhiba con la correspondiente factura o boleta de venta.Tratándose de la devolución de la cantidad pagada, el plazo para ejercer la acción se contará desde la fecha de la correspondiente factura o boleta y no se suspenderá en caso alguno. Si tal devolución se acordare una vez expirado el plazo a que se refiere el artículo 70 del decreto Ley Nº 825, de 1974, el consumidor sólo tendrá derecho a recuperar el precio neto del bien, excluidos los impuestos correspondientes.Para ejercer estas acciones, el consumidor deberá acreditar el acto o contrato con la documentación respectiva, salvo en casos en que el proveedor tribute bajo el régimen de renta presunta, en los cuales el acto o contrato podrá ser acreditado mediante todos los medios de prueba que sean conducentes…

Recupera tu Factura

Si necesitas recuperar tu factura, sólo debes solicitarla nuevamente a unos de nuestros Comerciales vía Correo o Whatsapp:1/ Danilo Santiago Lillo ; danilo@subpacifico.cl ; +569 50364995.2/ Paulo Perez Lagos ; paulo@subpacifico.cl ; +569 30812928.

Reclamos – Jurisdicción

Para presentar reclamos referentes a acciones ejecutadas o celebradas a través de este sitio comunicarse al siguiente correo: benjamin@subpacifico.cl .Las controversias que surjan en relación con lo establecido en estos Términos y Condiciones podrán interponerse, a elección del consumidor, ante el juzgado de policía local correspondiente a su domicilio o al domicilio del proveedor. Sin perjuicio de la competencia de los tribunales ordinarios de justicia para otro tipo de materias. Todo lo anterior, según el artículo 50 A de la ley 19.496.

Representante Legal

Para todos los efectos legales y relacionados con la presente información Cazasub Chile SpA designa como representante legal de la empresa al señor Benjamin Forasté. Rut: 24.417.081-1. Domiciliado en Huerfanos 1160 oficina 1101, Santiago centro.

Vigencia términos y condiciones

Estos Términos y Condiciones corresponden a la versión vigente a contar del día 10 de Febrero de 2023, publicada y comunicada en el sitio www.distribuidoradebuceo.cl con la misma fecha.